El “valor” de lo ecológico
Seguro que muchos de ustedes ya han leído la noticia de la venta de una isla en Lanzarote por parte de sus propietarios. Pues según publica Su Vivienda, el ministerio de medio ambiente ha iniciando un expediente de expropiación forzosa para hacerse con la propiedad. El motivo es que la finca está dentro de un parque natural y tiene además una gran riqueza de fauna y flora.
Ahora bien si hacemos caso al artículo 22 de la nueva ley del suelo “el suelo que sea rural a los efectos de esta Ley se tasarán mediante la capitalización de la renta anual real o potencial, la que sea superior, de la explotación según su estado en el momento al que deba entenderse referida la valoración.” …. para el caso de “Montaña Clara” la valoración para su expropiación será muy baja.
Sin embargo, si el motivo para quitarle la propiedad a su legítimo dueño es que es tiene un alto “valor” ecológico,¿no puede ser este cuantificado?